PNCNRC Sector Público

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El frente de resiliencia climática dirigido al sector público proyecta acompañar a las entidades del sector público en el cumplimiento del artículo 15 de la ley 2169 de 2021, así como dinamizar, fortalecer y visibilizar la gestión de las emisiones de GEI en las organizaciones públicas con el propósito de aunar esfuerzos en la construcción de un crecimiento sostenible y bajo en carbono. Para ello, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible brinda orientación en la medición y gestión de emisiones de GEI, promoviendo así, modelos de autogestión de la huella de carbono al interior de las organizaciones.

Artículo 15 de la ley 2169 de 2021:

  1. Todas las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, de los sectores central y descentralizado; el Congreso de la República; la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial; la Fiscalía General de la Nación; las Fuerzas Militares de Colombia; la Registraduría Nacional del Estado Civil; el Consejo Nacional Electoral; el Banco de la República; la Comisión Nacional del Servicio Civil; las Corporaciones Autónomas Regionales y las Autoridades Ambientales Urbanas; los institutos de investigación del Sistema Nacional Ambiental (SINA); los entes universitarios autónomos; la Procuraduría General de la Nación; la Defensoría del Pueblo; la Contraloría General de la República y la Auditoría General de la República, cuantificarán su inventario corporativo de emisiones de GEl, en lo que respecta a sus sedes principales, y establecerán planes de acción para alcanzar la carbono neutralidad a más tardar en 2030. 

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